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Las empresas con más de 100 empleados deberán contar con guardería, ¿cómo se aplicará?


Link [2022-03-24 18:35:01]



A partir del próximo año, todas las empresas que tengan más de 100 empleados deberán tener guarderías para los hijos de los mismos (hasta los tres años de edad), o deberán pagar a sus empleados una suma que hoy ascendería a $13.974.

El decreto, firmado por el Jefe de Gabinete, Juan Manzur; el ministro de Trabajo, Claudio Moroni; y la ministra de Mujeres, Géneros y Diversidad, Elizabeth Gómez Alcorta, dispone que los establecimientos con más de 100 personas empleadas, deberán ofrecer espacios de cuidado para las niñas y niños desde 45 días a 3 años de edad, que están a cargo de las y los trabajadores, sin distinción de género, durante sus jornadas de trabajo.

Imagen ilustrativa

Cómo se implementará la obligación de tener “espacios de cuidado” en las empresas:

Las empresas tendrán un año, a partir de la puesta en vigencia de la norma, para poner en marcha estas modificaciones. Los espacios de cuidado estarán destinados al personal con hijas e hijos desde 45 días a 3 años de edad.

La reglamentación dispone que las y los empleadores construyan los espacios de cuidado en sus establecimientos, y que las empresas que se encuentren dentro de un mismo parque industrial, o a una distancia menor a 2 kilómetros entre sí, podrán implementar lugares de cuidado de forma consorcial dentro de ese radio.

En el caso de que las establecimientos laborales no tengan con un espacio de cuidado, en los Convenios Colectivos de Trabajo podrá preverse el reemplazo de la obligación por el pago de una suma no remunerativa, en concepto de reintegro de gastos relacionados con el cuidado de hijas e hijos, inclusive el salario de un/a trabajador/a contratado/a para el cuidado de personas, siempre que esté debidamente registrada. El monto a reintegrar no podrá ser inferior al 40 por ciento del salario mensual correspondiente a la categoría “Asistencia y Cuidados de Personas” del Personal con retiro (la categoría asciende $34.935 y el proporcional sería de $13.974 al día de la fecha), o al monto gastado, en caso de que este sea menor.

Violencia de género. Reclamo el año pasado en Tribunales por el Techo de Cristal. (Ramiro Pereyra) -Imagen ilustrativa-.

“Organización igualitaria de las tareas de cuidado”

Según destacaron desde el Ministerio de Mujeres, Géneros y Diversidad, la organización igualitaria de los cuidados es una de las demandas históricas de la agenda de género. “El trabajo de cuidado y su invisibilización ha tenido un impacto definitivo en las trayectorias vitales de las mujeres, generando situaciones de vulnerabilidad y desigualdad. Después de 48 años, la reglamentación del artículo 179 de la Ley N° 20.744 de Contrato de Trabajo es un paso fundamental, y largamente esperado, para garantizar una organización de los cuidados más justa y con igualdad de género”, afirmaron.

Además, recordaron que todavía, las mujeres dedican el doble de tiempo al trabajo de cuidado con respecto a sus pares varones y enfrentan barreras para acceder, permanecer y desarrollarse en espacios laborales. “Atender estas desigualdades con herramientas efectivas que promuevan modificaciones en la organización del cuidado es un paso fundamental para reducir las brechas de género e impulsar sus trayectorias laborales y profesionales”, cerraron.



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