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Norma Lucía Piña Hernández /Ella/Ministra de la SCJN


Link [2022-06-05 15:45:50]



Mi opinión, y consecuente postura, en relación con el lenguaje incluyente ha respondido a un proceso evolutivo. Ha seguido los tiempos y ritmos propios de un cambio cultural. 

La primera vez que escuché a alguien hablar usando la “e” no entendí la trascendencia y recordé los juegos de la primaria en los que hablábamos con la “f”. Hoy asumo la responsabilidad —y en ciertos casos, obligación— que tengo, como mujer y como juzgadora, de incorporar el lenguaje incluyente a mi vida y a mi labor jurisdiccional. Estoy en un auténtico proceso de aprendizaje impulsado por el convencimiento de que sí importa cómo nombramos y describimos al mundo. 

El lenguaje incluyente —no sexista, neutro, igualitario, no discriminatorio o inclusivo— puede considerarse en dos vías. 

En cuanto al género, la ONU lo entiende como la manera de expresarse oralmente y por escrito sin discriminar a un sexo, género, o identidad en particular y sin perpetuar estereotipos de género1. Además, conforme al más amplio reconocimiento a los derechos humanos, particularmente, de aquellas personas que pertenecen a uno o diversos grupos en situación de vulnerabilidad, el lenguaje incluyente nombra a estas personas precisamente como los propios ordenamientos nacionales e internacionales de protección de sus derechos humanos lo han logrado hacer. Personas con discapacidad, no discapacitados. Adultos mayores, no viejitos. 

¿Niñes?, no menores. 

 Parto de una premisa fundamental: la diversidad inherente a la condición humana no siempre ha sido reconocida. Las personas que pertenecen a los grupos históricamente discriminados, aquéllos que han luchado por la conquista de sus derechos —que por lo general no han estado al frente de los procesos de creación de leyes, ni en los puestos de toma de decisión— son quienes han impulsado importantes esfuerzos, incluso batallas, para que se utilice el lenguaje incluyente. Apoyo su lucha y respeto su libertad de autodefinirse conforme a su propia identidad. 

 Uno de los ejemplos más comunes de la ausencia de lenguaje incluyente es el uso del masculino como neutro. ¿Por qué nos hemos acostumbrado a esta forma de comunicación, al extremo de considerar “exagerado” el querer nombrarnos también a las mujeres? Quizás no nos hayamos sentado a reflexionar que cuando utilizamos formas neutras, en lugar del masculino neutro, no sólo visibilizamos a las mujeres y a las personas de la diversidad sexual, sino que vamos más allá rompiendo estereotipos y roles de género que históricamente han discriminado a las personas que no corresponden con el arquetipo de hombres heterosexuales. Síntoma evidente de sociedades patriarcales. 

El mundo está asumiendo otras formas de comunicación. 

Finlandia utiliza desde el siglo XVI un pronombre neutro que simboliza la igualdad de oportunidades entre todas las personas. En 2015, Suecia incorporó un pronombre personal neutro a su diccionario oficial. La utilización de esquemas lingüísticos bajo los cuales nos sintamos representadas todas las personas es, sin duda, un elemento democratizador. 

 Una invitación a participar en la toma de decisiones desde la diversidad, buscando encontrar nuevas fórmulas que reconozcan derechos nacientes. 

 La incorporación del lenguaje incluyente definitivamente no es tarea sencilla. Tampoco lo es la lucha por el reconocimiento de los derechos de las personas de la diversidad y de los grupos en condición de vulnerabilidad. Existen ya manuales y recomendaciones que orientan sobre la utilización del lenguaje incluyente. De diversas instituciones públicas como Copred, Conapred, CNDH, INE, y también importantes herramientas creadas por organizaciones de la sociedad civil como la guía 

 ¿Cómo se dice de la A a la Z? El primer diccionario para reportear, escribir y contar historias sobre discapacidad, de la asociación Yo También. 

 La SCJN tiene jurisprudencia2 que establece “[...que] se evite el uso del lenguaje basado en estereotipos o prejuicios, por lo que debe procurarse un lenguaje incluyente con el objeto de asegurar un acceso a la justicia sin discriminación por motivos de género.” 

 Tras una toma de conciencia, una escucha activa y una profunda reflexión —no exenta de cuestionamientos y retos— reconozco al lenguaje como un ente vivo, que debe responder a una sociedad diversa. Hoy asumo que el reconocimiento de los derechos humanos en términos constitucionales y convencionales incluye nombrar a cada ser humano como se identifica. 

 1. Naciones Unidas, Lenguaje inclusivo en cuanto al género, disponible en: https://www.un.org/es/gender-inclusive-language/ 

2. Acceso a la justicia en condiciones de igualdad. Elementos para juzgar con perspectiva de género. 

  

Ministra de la SCJN. 

Columnista: Norma Lucía Piña HernándezImágen Portada: Imágen Principal: Send to NewsML Feed: 0

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