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Con el viento a favor: pleno de la Convención supera los 2/3 y aprueba mayoría de normas del Sistema Nacional de Justicia


Link [2022-02-16 14:53:12]



Hasta última hora, la incertidumbre estaba instalada sobre algunos de los 16 artículos del informe de la comisión de Sistema de Justicia, los primeros en ser votados en general por el pleno de la Convención Constitucional. De ellos, 14 fueron aprobados con votaciones superiores al quórum de los dos tercios, y sólo 2 fueron rechazados. Uno de estos fue el de la inamovilidad de jueces, el que por su redacción varios pensaron que podía caerse, en base al inciso 2, que establece que "cesan en sus cargos únicamente al cumplirse la duración prevista para el mismo, por alcanzar los setenta años de edad, por renuncia voluntaria, por constatarse una incapacidad legal sobreviniente o por remoción", pero sin explicitar que se aplica sólo a la Corte Suprema y no a la Corte de Apelaciones ni jueces de primera instancia. También se rechazó el artículo 8, que fija que "las sentencias y resoluciones dictadas en el Sistema Internacional de Protección de DDHH permitirán revisar el efecto de cosa juzgada de las sentencias firmes dictadas por tribunales del Estado de Chile". Ambos vuelven a la comisión. Mientras, contra casi todo pronóstico previo, el artículo 2, sobre pluralismo jurídico se aprobó con 114 votos a favor, en medio de intensas gestiones para bajar el temor y dudas ante el reconocimiento de la justicia indígena. En lo concreto, el artículo establece que “el Sistema Nacional de Justicia coexiste, en un plano de igualdad, con los Sistemas Jurídicos Indígenas. Es deber del Estado garantizar una adecuada coordinación entre ambos, con pleno respeto al derecho a la libre determinación y los estándares internacionales de derechos humanos interpretados interculturalmente”.



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